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jueves, 27 de diciembre de 2012


El SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez)

Era el régimen de protección existente antes del actual sistema de Seguridad Social que, como su mismo nombre indica, cubría las contingencias de vejez (jubilación) e invalidez.

Tienen por objeto la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar o restablecer la salud de los beneficiarios.
También proporciona los servicios necesarios para completar las prestaciones médicas y farmacéuticas, como lo son aquellos servicios de rehabilitación.
Es el periodo de descanso del que disfruta el trabajador con motivo de maternidad, adopción y acogimiento previo. Es una causa de suspensión del contrato de trabajo en la que subsiste la obligación de cotizar. Es la situación en la que se encuentra el trabajador cuando está imposibilitado temporalmente para trabajar debido a enfermedad común o profesional o por un accidente, sea o no laboral, mientras precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
Las lesiones, mutilaciones o deformidades de carácter definitivo causadas por accidente de trabajo o enfermedad profesional las que no llegan a constituir una incapacidad permanente y que suponen una disminución en la integridad física del trabajador y son recogidas por un baremo. Es fundamental tener cubiertos 15 años de cotización de los cuales al menos 2 de ellos deben estar comprendidos en los últimos 15 años inmediatamente anteriores a la fecha en la que se cause el derecho a la jubilación o a aquella en la que cesó la obligación de cotizar.
Las prestaciones NO contributivas por jubilación son lo que tienen aquellos ciudadanos que se encuentran en situación de necesidad aunque no hayan cotizado nunca o, habiendo cotizado, no lo hayan hecho durante el suficiente en cada caso para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Su percepción se condiciona a un nivel máximo de ingresos.
Las prestaciones NO contributivas por invalide la tienen aquellos ciudadanos que se encuentran en situación de necesidad aunque no hayan cotizado nunca o, habiendo cotizado, no lo hayan hecho durante el suficiente en cada caso para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Su percepción se condiciona a un nivel máximo de ingresos.
El empresario que desee contratar a un extranjero en el caso de actividades laborales por cuenta ajena. El propio extranjero cuando solicite un permiso de trabajo de clase «C», permanente, extraordinario, de un permiso de trabajo para el ejercicio de actividades por cuenta propia, o a través de representante debidamente acreditado.
Los tipos de permiso de trabajo deben distinguirse entre los tipos de permisos por cuenta ajena, los tipos por cuenta propia y los permisos que permiten desarrollar ambas actividades de forma indistinta.
Los empresarios que contraten deberán comprobar que dichos contratistas están al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social. 
Se considera estudiante al extranjero que viene a Austria con la finalidad única de cursar, ampliar estudios o realizar trabajos de investigación en cualquiera de los centros docentes o científicos españoles oficialmente reconocidos. Los que mediante engaño o abuso de una situación de necesidad, imponen a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que les son reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual. También constituirá delito mantener tales condiciones en los supuestos de transmisiones de empresa.
Los trabajadores tienen como deberes básicos:
1. Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
2. Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
3. Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
4. No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta Ley.
5. Contribuir a la mejora de la productividad.
6. Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de trabajo.

1 comentario:

  1. Para solicitar el Sovi(seguro de vejez e invalidez) debemos reunir unos requisitos que la seguridad social nos da para poder cobrar la pensión.
    Requisitos:
    Vejez: Tener cumplidos 65 años o 60 si se trata de vejez por incapacidad y tener cotizados 1800 días antes de 1-1-1967 o haber estado afiliado al Retiro Obrero.
    Invalidez: 1800 días cotizados al SOVI , tener 50 años cumplidos y estar incapacitado para el trabajo.
    Viudedad: Los requisitos exigidos dependen de la fecha de fallecimiento del causante y de si era pensionista.
    María

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