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jueves, 27 de diciembre de 2012


 ● Condiciones laborales en el país destino.

Austria tiene unas leyes muy estrictas de protección de los empleados, algunas de las cuales datan de los años 50. Aunque se están introduciendo cambios para hacer adaptarse a un entorno cada vez más competitivo, las condiciones laborales siguen siendo bastante buenas.
Lo normal son 8 horas diarias, cinco días a la semana. Las horas extra se pagan. Los austriacos suelen entrar pronto, los obreros a las 7 a.m. y los profesionales a las 8 a.m. Tienen derecho a 25 días de vacaciones pagadas al año, aunque puedes cogerte más días pagados en determinadas ocasiones.
Si te pones enfermo, la empresa sigue pagándote. Debido al aumento de la competitividad en el mercado laboral, muchas empresas prefieren contratar a gente como autónomos. En este caso, pierdes algunas prestaciones, pero tienes un salario más alto. El importe del salario depende en primer lugar del contrato y en segundo lugar del convenio colectivo. Si no hay disposiciones salariales, el empresario debe pagar un salario adecuado con arreglo a la remuneración habitual del lugar y el sector. Esta obligación solo deja de existir cuando en el contrato de trabajo se acuerda explícitamente la gratuidad de la prestación.

El contrato laboral es un acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución.
Un contrato de trabajo supone unos derechos para el trabajador, que se convierten en obligaciones para el empresario. Muchas veces nos creemos que los contratos de trabajo tan sólo son dos o tres y eso no es así, ni mucho menos. Hoy en día contamos con gran variedad y formatos de contratos en función de qué trabajo, qué tiempo...
La legislación laboral necesaria para el trabajador es fundamental. Tienes unos derechos a los que te puedes acoger en caso de despido. El contrato de trabajo se puede extinguir por multitud de causas, por mutuo acuerdo de las partes, por las causas consignadas válidamente en el contrato salvo que las mismas constituyan abuso de derecho manifiesto por parte del empresario, por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato. A la finalización del contrato, excepto en los casos del contrato de interinidad, del contrato de inserción y de los contratos formativos, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización.
Es diferente a la extinción del contrato, aunque en algunos casos los motivos pueden ser parecidos como por ejemplo, por mutuo acuerdo de las partes, por incapacidad temporal de los trabajadores, por eternidad, riesgo durante el embarazo de la mujer trabajadora y adopción o acogimiento de menores de seis años etc.
Cuando una persona se encuentra ante una situación de negociación laboral enfrenta una circunstancia en la que tiene un objetivo que quiere alcanzar, cuyo grado de éxito va a depender de sus propias acciones, y del de la otra persona. La formación profesional, la personalidad, la educación y la condición social, son algunos de los factores determinantes de las conductas de los seres humanos. En el ámbito de la empresa, cuando llega el momento de la negociación, es cuando la influencia de todos estos factores se pone de manifiesto.
Si se produce el fallecimiento del trabajador, el empresario estará obligado a abonar a sus parientes una indemnización equivalente a 15 días del salario. Por su parte, sus herederos tendrán derecho a percibir las cantidades que a la fecha del fallecimiento estuviesen pendientes de pago por el empresario. Las empresas podrán sancionar los incumplimientos laborales de los trabajadores de conformidad a la graduación de las faltas y sanciones que se establezca para cada caso en el convenio colectivo aplicable al sector.
Estas faltas podrán ser calificadas como leves, graves y muy graves.


1 comentario:

  1. La duración máxima de la jornada de trabajo es de 10 horas. Sin embargo, la jornada se puede prolongar hasta las 12 horas mediante acuerdo mutuo.
    Los horarios nocturnos son entre las 22h y las 5h.
    La edad mínima para la trabajar es de 15 años.

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